domingo, 14 de julio de 2013

Joaquín Almunia: “la única vía para que Ciudad de la Luz devuelva los 265 M€ invertidos es liquidar la empresa y vender los activos”


Según se lee en Diarioinformacion.com, el comisario de la Competencia de la Comisión Europea, el español Joaquín Almunia, considera que la única vía posible para que Ciudad de la Luz devuelva los 265 millones de euros invertidos por la Generalitat en el complejo alicantino, al considerarlo incompatible con el mercado interior según Bruselas, es liquidar la empresa y vender los activos. 


Así se recoge en la carta remitida ayer por Almunia desde la CE, en respuesta a la pregunta formulada por el eurodiputado del PSPV Andrés Perelló el pasado 23 de marzo. En esta misiva solicitaba que se aclarase si la sentencia de Bruselas obligaba a la paralización de actividad o no, dado el rechazo de la Generalitat a albergar nuevos rodajes en los estudios.


Almunia envió la respuesta en un escrito con fecha de ayer en la que aclara que «habida cuenta de la difícil situación financiera de Ciudad de la Luz puesta de manifiesto por sus cuentas publicadas y señalada durante años por la Sindicatura de Cuentas de Valencia, Ciudad de la Luz no podrá reembolsar todo el importe de la ayuda».


En consecuencia, apunta, «la recuperación puede tener que realizarse a través de su liquidación y la venta de sus activos. En tal situación, los procedimientos de insolvencia deben dar lugar a la liquidación de la empresa que recibió la ayuda ilegal, es decir, el cese definitivo de sus actividades».


Destaca aun que «las autoridades españolas han confirmado a la CE que Ciudad de la Luz cesó su actividad comercial en febrero de 2013 y que tienen la intención de vender los activos en condiciones de mercado». Con todo ello, Almunia termina destacando que «los servicios de la Comisión esperan recibir los datos sobre el proceso de liquidación y venta».


Además señala que «la comunicación de recuperación de la Comisión expone la manera en que se deben ejecutar las decisiones de la CE por las que se ordena a los estados miembros que recuperen las ayudas estatales ilegales e incompatibles. Téngase en cuenta, en particular, los puntos 47 y 61». 


El citado punto 61 brinda la posibilidad de que pueda considerarse que «una decisión por la que se ordena al Estado miembro que recupere la ayuda ilegal e incompatible de un beneficiario insolvente se ejecuta correctamente cuando concluye la recuperación completa o, en caso de recuperación parcial, cuando se liquida la empresa y se venden sus activos en condiciones de mercado».


Por su parte, Javier González, consejero delegado de Aguamarga, empresa que gestiona los estudios, declaró que «la actividad en el complejo no la realiza Ciudad de la Luz sino que la gestiona una empresa privada» y recordó que se siguen pagando sueldos y renovando contratos de mantenimiento y jardinería.

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